AVANTI

Vamos a comenzar estableciendo un marco, para que rápidamente podemos saber si tenemos o no derecho a la ciudadanía italiana.

Vamos a comenzar estableciendo un marco, para que rápidamente podemos saber si tenemos o no derecho a la ciudadanía italiana.
Por supuesto estableceremos un marco general, pero teniendo en cuenta que cada caso es particular por lo tanto siempre es mejor consultar cuando tenemos una duda. Para las consulta especificas tendrás habilitado un formulario de contacto donde podrás escribirnos describiendo tu caso y en todo cada comentando que servicio necesitarás de nuestra consultora.
Por regla general diremos que:

La ciudadanía italiana se transmite de padres a hijos por Derecho de Sangre ("Jure Sanguinis") y no prevee límites de generaciónes, pero tampoco permite saltos de generacionales.

Al día del hoy la ley que rige lo relacionado a la obtención de la ciudadanía italiana es la Ley 91 del 5 de febrero de 1992
Para tener derecho a la ciudadanía italiana es necesario ser descendiente en línea directa de un familiar que sea ciudadano italiano (por. ej: tatarabuelo, bisabuelo, abuelo, padre).
En el caso de que la descendencia en vez de ser por linea masculina fuera por linea femenina o que en esa linea hubiera mujeres, según las fechas habría que comprobar si el reclamo de la ciudadanía podra hacerse por VÍA ADMINISTRATIVA: esto es gestionando en un Consulado Italiano en nuestro país de origen o residencia, o bien en un Comune (municipio) italiano, o si en virtud de que en esta linea de transmición hay una mujer nos correspondera gestionar por VIA MATERNA: o sea mediante un jucio en los Tribunales de Roma.
Rapidamente diremos para evaluar si estamos ante una VIA MATERNA que: si hay una mujer en la linea de transmisión de la ciudadanía y esta mujer ha tenido a su hijo/a antes del 1 de enero de 1948 entonces nuestro camino a la ciudadanía será por vía judicial, de lo contrario estaremos ante una gestión que se podrá hacer o bien ante un consulado italinao o bien en Italia en un comuna, tal como lo hemos señalado antes.
Recordemos que lo anteriormente expuesto es un marco general y que puede no ajustarse a cada caso particular, por eso recomendamos siempre consultar.
Dicho todo lo anterior, podemos pasar al siguiente paso y para esto es indispensable saber que para poder gestionar la ciudadanía italiana, tanto sera por VIA ADMINISTRATIVA como por VIA MATERNA/JUDICIAL, se debe contar con una CARPETA PERSONAL / FAMILIAR que reúna toda la documentación necesaria para este trámite, por regla general la carpeta debe estar compuesta por las actas de NACIMIENTO CASAMIENTO y DEFUNCIÓN, de todos los integrantes de la línea parental que une al/la interesado/a con su antepasado italiano. Así mismo será necesario presentar el correspondiente certificado de NO NATURALIZADO del antepasado italiano, como ejemplo mencionaremos que este certificado en Argentina es emitido por la Cámara Nacional Electoral y en Uruguay por la Corte Electoral, lo mismo sucede con el resto de países de América donde en general son los Ministerios de Justicia los encargados de emitir este documento.
Toda la documentación emitida fuera de Italia ( actas, certificado de no naturalizado, sentencias, rectificaciones, etc ) por regla general debe estar legalizada, apostillada y traducida al italiano, si bien es cierto que hay países con convenios bilaterales con Italia, que permiten, si la ciudadanía se tramita en un consulado italiano ubicado un país con convenio, puede ser que apostillados y traducciones no sean necesarias, pero estos casos son excepciones y no la regla.
Siguiendo con el detalle de la documentación necesaria, es preciso tener en cuenta que si algún integrante de la linea parental, ya sea madre/padre, abuelo/abuela o el propio interesado/a ha habido un divorcio, se deberá presentar la correspondiente sentencia emitida por el tribunal competente.
A continuación le vamos a enumerar una serie de datos que serán necesarios para que este proceso sea exitoso. Usted deberá completar con aquellos datos que tiene a mano, con el fin de organizar la información y saber en que etapa de la elaboración de su carpeta se encuentra. Es indispensable el aporte todas las fechas, nombres y lugares que sean posibles.
A modo de ejemplo hemos establecido como punto de partida, el supuesto de que el ciudadano italiano que da origen a la reconstrucción es su tatarabuelo/a, si fuera su abuelo/a o madre-padre, solo habría que completar obviamente desde donde corresponda. Si fuera una línea parental anterior, sólo habría que agregar las lineas parentales correspondientes.

1) TATARABUELO/A

A - Nombre y apellido:
B - Lugar de nacimiento:
C - Fecha de Nacimiento: E -Casado con:
F - Fecha y Lugar de casamiento:
G- Fecha y Lugar de defunción:
Resumen, del antepasado italiano necesitaremos:
• ACTA DE NACIMIENTO
• ACTA DE CASAMIENTO
• ACTA DE DEFUNCIÓN ( si hubiera fallecido )
• CERTIFICADO NO NATURALIZADO.

2) BISABUELO/A

A - Nombre y apellido:
B - Lugar de nacimiento:
C - Fecha de Nacimiento:
D - Nombre y apellidos de sus padres
E - Casado con:
F - Fecha y Lugar de casamiento:
G- Fecha y Lugar de defunción:
Resumen, del antepasado italiano necesitaremos:
• ACTA DE NACIMIENTO
• ACTA DE CASAMIENTO
• ACTA DE DEFUNCIÓN ( si hubiera fallecido )
* En caso de haber existido divorcio, necesitaremos sentencia judicial

3) ABUELO/A

A - Nombre y apellido:
B - Lugar de nacimiento:
C - Fecha de Nacimiento:
D - Nombre y apellidos de sus padres
E - Casado con:
F - Fecha y Lugar de casamiento:
G- Fecha y Lugar de defunción:
Resumen, del antepasado italiano necesitaremos:
• ACTA DE NACIMIENTO
• ACTA DE CASAMIENTO
• ACTA DE DEFUNCIÓN ( si hubiera fallecido )
* En caso de haber existido divorcio, necesitaremos sentencia judicial

4) PADRE O MADRE

A - Nombre y apellido:
B - Lugar de nacimiento:
C - Fecha de Nacimiento:
D - Nombre y apellidos de sus padres
E - Casado con:
F - Fecha y Lugar de casamiento:
G- Fecha y Lugar de defunción:
Resumen, del antepasado italiano necesitaremos:
• ACTA DE NACIMIENTO
• ACTA DE CASAMIENTO
• ACTA DE DEFUNCIÓN ( si hubiera fallecido )
* En caso de haber existido divorcio, necesitaremos sentencia judicial

5) INTERESADO /A

A - Nombre y apellido:
B - Lugar de nacimiento:
C - Fecha de Nacimiento:
D - Nombre y apellidos de sus padres
E - Casado con:
F - Fecha y Lugar de casamiento:
G- Fecha y Lugar de defunción:
Resumen, del antepasado italiano necesitaremos:
• ACTA DE NACIMIENTO
• ACTA DE CASAMIENTO
• De haber hijos menores de 18 años, harán falta también sus actas de nacimiento
* En caso de haber existido divorcio, necesitaremos sentencia judicial

Servicios que ofrecemos para el armando de su carpeta:

* Gestión integral de su carpeta
* Gestión, búsqueda y rastreo de actas italianas
* Gestión de documentación en toda América:

• Actas ( nacimiento, casamiento, defunción )
• Traducciones
• Apostillados
• Asseverazione
• Certificados de NO NATURALIZADO
• Rectificaciones
• Sentencias

Una vez confeccionada su carpeta, ofrecemos:

CIUDADANIA ITALIANA EN ITALIA:

Un completo servicios para aquellas personas que deciden no esperar los tiempos consulares y gestionar directamente en Italia. Para esta personas ofrecemos un completo servicio que incluye: Acompañamiento desde la llegada a Italia, residencia y vivienda, desde el comienzo hasta el final de la gestión

Gestión de Juicio por “Vía Materna”:

Proceso judicial que se debe iniciar en Italia para lograr el reconocimiento de la ciudadanía italiana para aquellos descendientes de MUJERES ITALIANAS EMIGRADAS QUE HAYAN TENIDO HIJOS CON CIUDADANOS EXTRANJEROS ( NO ITALIANOS ) Y ESTOS HIJOS HAYAN NACIDO ANTES DE 1948.